El Colegio de Arquitectos del Paraguay cuestiona legitimidad participativa del proyecto de Reconversión del Puerto del BID.


PRONUNCIAMIENTO DEL Colegio de Arquitectos del Paraguay
SOBRE EL PROYECTO DE RECONVERSION DEL PUERTO DE ASUNCION

En relación al proceso del Concurso Internacional de Ideas y Anteproyectos Sede Oficinas de Gobierno para la Reconversión del Puerto de Asunción, convocado recientemente en nuestra ciudad por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y la Asociación Ciudadela, el Colegio de Arquitectos del Paraguay (CAP) reafirma las enormes dudas expresadas reiteradamente a las autoridades nacionales y a la opinión pública en general, sobre la legitimidad participativa del proceso llevado adelante entre el BID y los representantes nacionales, la calidad de la propuesta impuesta, y el modelo de ciudad al que responde.

puertoasuncionmasterplan

Ante la ausencia de predisposición a la búsqueda de soluciones que reorienten el proceso por parte de los responsables públicos del emprendimiento, el CAP se ha visto en la obligación de retirarse del proceso al que ha sido convocado, señalando que: en tanto las obras públicas se desarrollen sin seguir los parámetros y estándares de calidad y control elementales, en tanto se acepte sin revisión ni legitimación alguna un Plan Maestro impuesto, o se licite la construcción de más de 60.000 m2 de oficinas con un anteproyecto a ser desarrollado y cuyas calidades han de ser definidas por la constructora que presente el menor precio, investida en juez y parte…, seguiremos comprometiendo recursos de futuras generaciones en inversiones de dudosa calidad y efectividad y de irreversibles consecuencias urbanas para nuestra ciudad, no consultadas ni legitimadas en procesos de participación.

Emprender además un Concurso de Arquitectura sin garantizar al autor del anteproyecto, el control de su desarrollo así como otorgándole plazos irresponsables, institucionaliza el consabido recurso de aprovechar la falta de precisiones y soluciones específicas del proyecto, para permitir el ajuste a discreción de las especificaciones en obra, priorizando el beneficio del oferente, y apunta a seguir produciendo, con obras irreversibles, y alto compromiso crediticio, un modelo de construcción pública ineficiente, en este caso de gran impacto urbano, nada menos que en el corazón del Centro Histórico de Asunción.
Lamentando las desprolijidades obvias e impuestas, el CAP reitera que la imposición arbitraria de decisiones sobre el razonamiento plural, marca un retroceso lamentable en la construcción de una ciudad y una sociedad democrática e incluyente.

En este marco, el Colegio de Arquitectos del Paraguay se adhiere al pedido de suspensión del Concurso, manifestado y difundido por la FADA-UNA, como primer paso a efectos de promover una revisión consensuada de las bases y condiciones que permita re dirigir el proceso, acordando con la más alta representatividad de las instituciones calificadas para orientar las políticas de intervención de alcance urbano, sin compromisos con la entidad financiera, de modo a que en un ejercicio de soberanía, se establezcan pautas, que sometidas a un Concurso de Ideas, legitime y jerarquice el emprendimiento, de modo a poder recibir las mejores propuestas a nivel nacional y mundial, para abordar la reconversión del puerto en su conjunto, y de los edificios a ser construidos.

Por todo lo expuesto, el Colegio de Arquitectos del Paraguay, en el ánimo de alentar iniciativas que contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida urbana, propone:

1. Conformar una comisión ad-hoc de asesoramiento desde las instituciones más representativas del país, para discutir aspectos de organización del espacio urbano y arquitectónico: gremios de arquitectos y universidades, que se expidan sobre las modificaciones al llamado a concurso en un plazo perentorio, abordando las condiciones conceptuales que han de permitir recibir las mejores propuestas del Plan Maestro, a través de un Concurso que realmente resulte de ideas y anteproyecto, y no de dibujos cosméticos que solo legitimarán decisiones proyectuales ya tomadas, y que aborde la corrección de las condiciones contractuales que han de garantizar su desarrollo independiente a los intereses ejecutivos de la futura constructora adjudicada.

2. Las instituciones convocadas han de aportar conceptos de revisión de las condiciones físicas iniciales propuestas, asumiendo al plan maestro de reconversión del puerto como una referencia replanteable por los concursantes, aprovechando el llamado a concurso para revisarla o legitimarla a partir de flexibilizar las pautas de implantación, de modo a que los concursantes presenten alternativas a un jurado de alta calificación técnica.

3. La conformación de un jurado equilibrado, con preeminencia técnica y de representatividad ciudadana sobre la política, y no como actualmente se convoca, con absoluta preeminencia política, donde las asesorías técnicas declaradas son subordinadas a las autoridades circunstanciales, y por tanto su opinión no es vinculante al voto final de las mismas.

4. Se considera esencial que el proceso sea coronado con su desarrollo ejecutivo a cargo del ganador del concurso, de acuerdo a las leyes vigentes en la República del Paraguay, atendiendo a las garantías legales de derechos de autor, y de liquidación de honorarios profesionales, en la búsqueda de definir la calidad final de los edificios desde el proyecto mismo, sin margen de ajustes por parte de la contratista de obra, en la búsqueda de superar las tradicionales prácticas en construcciones públicas, de relegar la investidura de liderazgo que la práctica arquitectónica requiere para sus autores, a consultores secundarios para aspectos formales y cosméticos.

Esperando que la presente propuesta de solución sea finalmente atendida por quienes circunstancialmente detentan el poder, entendiendo que procesos urbanos que han de desarrollarse en más de un gobierno solo podrán coronarse con éxito con la participación pertinente de la ciudadanía y sus instituciones más representativas, superando la definición del espacio urbano por orden superior, cave también apuntar que en el ejercicio de sus funciones, y más aún en el marco de un emprendimiento de esta envergadura, nuestros representantes públicos tienen la obligación de cumplir las leyes vigentes, sin poder obviarlas en negociaciones de crédito, alegando procedimientos internos de los organismos financieros internacionales.
COMISION DIRECTIVA
COLEGIO DE ARQUITECTOS DEL PARAGUAY
Mayo 2016